Consejo de Administración

Digitalización y cambios en la forma de trabajar

La crisis provocada por el COVID nos obligó a reaccionar de forma inmediata e implementar el trabajo en remoto como medida de emergencia para poder mantener las empresas en funcionamiento. Aquellas que ya tenían hechos los deberes lo tuvieron mucho más fácil, haciendo la transición al modo virtual de forma casi natural, pero muchas otras tuvieron que afanarse en proveer a sus empleados de equipos y actualizar sus herramientas.

Esta nueva forma de trabajo parece que se ha instalado entre nosotros, hemos avanzado en pocos meses lo que ni siquiera nos habíamos planteado. Para acelerar el proceso, las empresas han tenido que enfocarse en tres áreas: inversión en infraestructuras, ciberseguridad y formación a los trabajadores.

El mayor nivel de digitalización requerido, tanto por el teletrabajo, como los nuevos modelos de negocio que se han tenido que desarrollar, como el comercio electrónico o la automatización de procesos, han incrementado los riesgos de ciberseguridad de las empresas, que están más expuestas a las amenazas de la red y se ven en la obligación de incrementar sus inversiones, como queda recogido en el informe Digital Trust Survey 2021, de PWC.

La formación a los empleados se hace más necesaria que nunca. Por supuesto, deben incluir todo lo relacionado con trabajar de forma segura, entornos colaborativos o aplicaciones específicas, pero si queremos transformar verdaderamente el negocio debemos ir más allá, formando a la plantilla en las últimas tecnologías transformadoras.

En España todavía no hemos encontrado una palabra que sea capaz de trasmitir lo que “Digital workplace” implica. Se trata de un entorno virtual en el que no solo se trabaje, sino se interactúe y trasmita la cultura corporativa. La tecnología es lo primero que acapara nuestra atención cuando se habla de trabajo en entornos flexibles, sin embargo, esta modalidad de trabajo es algo que va mucho más allá, y debe formar parte de nuestra estrategia en un entorno nuevo y cambiante.

Gestionar adecuadamente esta forma de trabajar es un reto al que todas las empresas se enfrentan: las personas son el principal activo y se trata de cuidarlas, mantener su compromiso y aprovechar su talento, aunque medien kilómetros de distancia.

Para facilitar la conexión entre los distintos miembros del equipo, es necesario que exista una comunicación regular y estructurada. Debe trasmitirse un mensaje claro, a ser posible desde la Dirección, utilizando el canal más adecuado (no siempre es el correo electrónico) y facilitando la posibilidad de hacer preguntas o comentarios. Una comunicación eficaz y fluida disminuirá la incertidumbre y los niveles de estrés del equipo.

Además, será necesario incentivar la productividad de los miembros del equipo, favoreciendo su implicación al compartir un objetivo común y tener visibilidad sobre el progreso que cada uno de los empleados está alcanzando. Sería conveniente facilitar algunos consejos sobre el trabajo en remoto, así como promover la utilización de metodologías ágiles.

No podemos olvidar el bienestar personal de los empleados. La distancia puede tener impacto en la motivación y el estado de ánimo de las personas, por lo que se hace necesario contar con mecanismos que faciliten la interacción, como crear espacios de relación virtuales para compartir intereses, contenidos e incluso ejercicio físico y mental, con actividades como yoga y mindfulness.

Desde el punto de vista del trabajador, esta modalidad ofrece también muchas ventajas a ser tenidas en cuenta. La conciliación entre la vida personal y profesional se hace más llevadera, se ahorra mucho tiempo en desplazamientos y se dispone de una mayor flexibilidad a la hora de desarrollar las tareas.

Por último, hay algunos aspectos legislativos que no queremos dejar de mencionar, ya que requieren ser analizados y tenidos en cuenta. En España, el Real Decreto Ley 28/2020 de 22 de septiembre de trabajo a distancia, es el marco legislativo en el que nos movemos. Como principios básicos establece que será de aplicación en aquellos casos en que el teletrabajo suponga más del 30% de la jornada laboral, será siempre fruto de un acuerdo entre empleador y empleado, es decir, no tendrá carácter obligatorio, y podrá ser revertido.

La Ley pone en el empresario el deber de proveer de todos los medios necesarios al trabajador para el desarrollo de su trabajo, así como la de compensarle por aquellos gastos en que pueda ocurrir para ello. Cuales son y en qué cuantías serán objeto de la negociación colectiva en cada caso.

Hay otros aspectos alrededor de la Ley que habrán de respetarse una vez entre en vigor, algo que aún no ha sucedido considerando el estado de alarma en el que aún nos encontramos inmersos, y son los relativos a los derechos digitales de las personas, el derecho a la desconexión, la prevención de riesgos laborales, el derecho a la intimidad y la protección de datos.

Estamos ante un cambio en la forma de trabajar, promovido por la digitalización, que supone nuevos retos y grandes ventajas, abriendo un mundo de oportunidades sin fronteras, que iremos poco a poco desgranando.

Para mejorar el rendimiento del Consejo de Administración le animamos a digitalizar su gestión en 2021. Descubra más sobre Diligent Boards, el portal para digitalizar la gestión de los órganos de gobierno corporativo, en esta página web.

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